PERDIDAS POR ROBO O SINIESTRO.

Las perdidas por siniestro son deducibles en el ano que la perdida ocurre, la cual es normalmente el año que el siniestro sucedió. La cantidad por deducir es el menor valor entre el costo de adquisición de la propiedad o el valor de mercado de la propiedad justo después del siniestro. La deducción de perdidas por robos es normalmente el costo de adquisición de la propiedad pues generalmente el valor de mercado de esta propiedad inmediatamente después del robo se considera cero.